El 15 de abril de 2020, dentro del gran paquete de normativas que expidió el Gobierno nacional en medio de la emergencia económica y sanitaria por el COVID-19, se dio a conocer el Decreto Ley 568, a través del cual se creó el impuesto solidario, con destinación específica para inversión social en la clase media más vulnerable y en los trabajadores informales.

Se trata de un impuesto por tres meses, a partir del 1° de mayo y hasta el 31 de julio de 2020, obligatorio para todos los funcionarios que trabajan en el sector público y ganan más de 10 millones de pesos.

Para las personas que tienen un rango salarial entre 10 millones y 15 millones de pesos hay una tarifa menor, y para los que están por encima de 15 millones una tarifa mayor.

¿Cuánto deberán aportar los funcionarios?

  • Los funcionarios que ganen entre 10 millones y 12,5 millones de pesos deberán aportar el 15 % de su salario.
  • Los funcionarios con salarios entre 12,5 millones y 15 millones de pesos tendrán que aportar el 16 %.
  • Para los salarios que se encuentren en el rango de 15 millones y 20 millones de pesos se les aplicará una tarifa del 17 %.
  • Los superiores a los 20 millones de pesos, una del 20 %.
  • Esta retención también aplica para contratistas.

¿Cómo será el recaudo?

El aporte se recaudará a través del mecanismo de retención en la fuente, con la Dian como canal, y será trasladado al Fondo de Mitigación de Emergencias –Fome–. $1.800.000 del primer abono quedará libre del impuesto.

Megapensiones también aportan

El Decreto Ley también establece que los pensionados con mesadas de 10 millones de pesos o más también, son sujetos pasivos del impuesto solidario.

“Quiero destacar que se han incluido ahí las megapensiones de más de $10 millones. Es decir, todos los colombianos que tengan megapensiones de más de $10 millones, por un período de tres meses, también van a contribuir a esta fuente de ingreso solidario para proteger a los sectores vulnerables”, dijo el presidente Iván Duque durante la socialización de la nueva normativa.

Aporte voluntario

A través del decreto también se invita a los funcionarios del Estado y contratistas que tengan ingresos inferiores a los 10 millones de pesos para que realicen un aporte voluntario con destinación al Fome. Quienes decidan contribuir deberán informarlo por escrito. Estas son las tarifas:

  • Para los que ganan entre $1.755.066 y $2.633.409 es el 4 %.
  • Si ganan entre $2.633.049 y $4.389.015 es el 6 %.
  • Entre $4.389.015 y $6.144.621 el 8 %.
  • Entre $6.144.621 hasta los $8.778.030 el 10 %.
  • Entre $8.778.030 hasta los $10.000.000 el 13 %.

Las personas naturales vinculadas por contrato de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión pública de salarios y honorarios mensuales periódicos inferiores a $10.000.000, que vayan a efectuar el aporte mensual solidario voluntario, deben informarlo por escrito, por cualquier medio, al pagador del respectivo organismo o entidad, dentro de primeros cinco días de los meses de mayo, junio y julio de 2020.