Gabriel Botero, administrador de empresas, especialista en finanzas y máster en innovación de negocios afirma que la ley de insolvencia de personas naturales no comerciantes, Ley 1564 de julio de 2012, es poco conocida entre las personas naturales, razón por la cual hoy los deudores no han encontrado la manera para tener una segunda oportunidad en su proceso financiero.
«Dada la situación actual de pandemia en la que estamos, tendremos un incremento en las deudas que no se van a poder pagar por parte de las personas naturales y este es el momento para acceder a la ley, para tener un salvavidas y con ello negociar sus obligaciones de una manera más cómoda y acorde con la situación y sus flujos de caja», dice.
Desde su punto de vista, ha faltado, por parte del Gobierno, mayor socialización para que las personas naturales accedan a lo que ofrece esta ley.
«La ley no ha tenido la divulgación que esta merece y las personas naturales siguen experimentando el estrés que una situación de estas genera sin conocer que existen soluciones de negociación con todos los acreedores en la misma mesa», indica.
Botero asegura que el senador David Barguil ha generado iniciativas para lograr el perdón de las obligaciones; sin embargo, no ha tenido iniciativas tendientes a formular la ley.
Por otra parte, su ponente, Simón Gaviria, dejó la ley lista para su utilización, pero no le dio la relevancia que se necesitaba para que fuera de total conocimiento del público.
«Así las cosas, es responsabilidad de todos nosotros hacer las asesorías a las personas para que tengan en su vida una segunda oportunidad», indica.
Botero afirma que las entidades llamadas a fortalecer la Ley de insolvencia para personas naturales son la Superintendencia Financiera, los departamentos de educación financiera de los bancos, la Asobancaria y, en general, los que propendemos por la educación financiera de las familias y las personas.
Para él, las entidades bancarias deberían enseñarles y transmitirles a las personas que cuentan con otra salida frente a las deudas que presentan.
Esta situación se genera porque cada uno de los departamentos de cartera de los bancos necesita recuperar sus activos primero que el resto, y bajo este esquema ejerce presión sobre los deudores, dándoles oportunidades de pago que no siempre están alineadas con la situación actual del deudor.
«Así las cosas, los bancos ocultan la ley, puesto que en el momento en que un deudor es admitido en el proceso la negociación se hace solo sobre capitales de la deuda; con esto dejan de ser exigibles los intereses corrientes, los de mora, los honorarios de abogado y gastos de cobranza entre otros», explica Botero.
Los bancos no pueden ser un obstáculo para los deudores en este proceso, toda vez que el proceso se hace por fuera de ellos; se realiza en un centro de conciliación o en una notaría.
Beneficios que ofrece la ley
- Tener a todos los acreedores sentados en la misma mesa.
- Negociar sobre capitales de obligación.
- Tener plazos acordes con su situación económica para realizar el pago de la obligación.
- Una vez el deudor está aceptado en un proceso de insolvencia de persona natural no comerciante, las entidades de crédito no le pueden volver a generar llamadas de cobranza, dado que se encuentra en proceso de negociación.
- Las medidas cautelares que existan, como embargos, quedan suspendidas.
- Si posee bienes inmuebles con afectación de patrimonio de familia inembargable, este no puede ser objeto de liquidación patrimonial, dado que la ley protege a los menores.
«Por ahora, en medio de la emergencia en la que nos encontramos, el Gobierno nacional no ha dictado ningún decreto que modifique la Ley 1564 de julio de 2012; sin embargo, tampoco les ha informado a los colombianos que existe una salida adicional a la situación financiera que estén viviendo», recalca Botero.
Esta ley será una de las oportunidades que tengan las personas dado el nivel de desempleo al que vamos a llegar en la medida en que la economía no se restablezca a un ritmo más rápido.