De acuerdo con las normas que regularon durante el año gravable 2020 el funcionamiento del nuevo régimen simple, las personas naturales o jurídicas que iniciaron el 2020 perteneciendo al régimen ordinario tuvieron oportunidad hasta el 31 de julio de 2020 para optar por trasladarse voluntariamente hacia el régimen simple (siempre y cuando cumplieran los requisitos de los artículos 905 y 906 del ET).
Adicionalmente, las personas naturales o jurídicas que se fueron inscribiendo por primera vez en el RUT a lo largo del año gravable 2020, siempre tuvieron la opción de decidir en dicho momento si deseaban comenzar perteneciendo al régimen ordinario o si lo hacían de una vez en el régimen simple.
De todas formas, es posible que algunas comenzaran operaciones en el régimen ordinario y luego, a más tardar en julio 31 de 2020, optaran por trasladarse al régimen simple.
En vista de lo anterior, si algún contribuyente (persona natural o jurídica) cerró el año gravable 2020 perteneciendo al régimen simple y al mismo tiempo sucedió que sí fue responsable del IVA por las actividades de los numerales 2 al 4 del artículo 908 del ET durante una parte o la totalidad de dicho año, entonces tendrá que presentar una declaración anual del IVA (que se vencerá entre el 22 y el 26 febrero de 2021), pero tomando en cuenta los siguientes puntos importantes:
Caso 1: contribuyentes que antes de optar por el SIMPLE habían pertenecido al régimen ordinario y presentado declaraciones bimestrales o cuatrimestrales del IVA
Aquellos contribuyentes que iniciaron el año gravable 2020 en el régimen ordinario (o que se inscribieron en él por primera vez durante 2020), y que antes de optar por el régimen simple cumplieron a su vez con presentar una o varias declaraciones bimestrales o cuatrimestrales del IVA en el formulario 300, fueron contribuyentes que también debieron elaborar el formulario 2593 para anticipos bimestrales obligatorios del régimen simple por cada uno de los bimestres del año 2020 en los que tuvieron operaciones.
Sin embargo, y a diferencia de lo que sucedió con el formulario 2593 del año 2019, en el formulario 2593, utilizado a lo largo del año 2020, sí se incluyó el renglón 61 para que en el mismo se pudieran restar los valores por IVA que se hubieran previamente declarado y pagado en los formularios 300 del IVA hasta antes de optar por el régimen simple.
En vista de ello, al momento de elaborar su “declaración anual del IVA del año gravable 2020” (usando otra vez el formulario 300 y marcando esta vez la casilla para declaración “anual”), es claro que todos los valores que allí quedarán reportados tendrán que coincidir con los que primero fueron reportados en los formularios 2593 del mismo año gravable 2019.
Caso 2: contribuyentes que no habían presentado declaraciones de IVA durante 2020 hasta antes de optar por el régimen simple
En el caso de los contribuyentes que se inscribieron en el régimen simple en algún momento dentro del año 2020, pero que antes de ese momento no habían presentado ni pagado ninguna declaración del IVA en el formulario 300, todas sus operaciones del IVA del año 2020 también quedaron reportadas primero en los renglones 56 al 60 de los formularios 2593 presentados a lo largo del año 2020.
Por consiguiente, cuando los contribuyentes del SIMPLE elaboren el formulario 300 para la declaración anual del IVA, los valores allí reportados serían efectivamente los mismos que también fueron reportados durante todo el 2020 en los formularios 2593.