Andrés Eduardo Jiménez, abogado con más de 12 años de experiencia internacional en el sector público y privado, exfiscal delegado contra las Finanzas Criminales en 2017, define el lavado de activos como una serie de estrategias implementadas por personas naturales y jurídicas para dar apariencia de legalidad a recursos obtenidos de forma ilegal.

Este proceso pasa por varias fases como la colocación (ingreso de recursos al sistema financiero), estratificación e integración. «Frente a este tema también existen mitos como, por ejemplo, que el lavado de activos tiene que ver solo con narcotráfico, tiene que ver solo con efectivo y es únicamente responsabilidad del sector financiero», dice Jiménez.

Explica que antes el riesgo se asociaba con el sector financiero, pero hoy se extendió a las empresas del sector real.

«Con la implementación a partir de diciembre del Sagrilaft, se busca que más compañías lo implementen. Ahora aquellas que tengan ingresos o activos superiores a 35,000 millones de pesos al cierre de 2020 deben hacerlo», puntualiza.

De igual manera aplica para las organizaciones que tengan actividad económica en el sector inmobiliario, comercialicen piedras y metales preciosos, presten servicios jurídicos, servicios contables, construcción de edificios y obras de ingeniería civil; y que posean activos o ingresos mayores a 26.000 millones de pesos; estas estarán cobijadas.

Medidas para afrontar el lavado de activos

Según cifras de la Supersociedades, 1.350 sociedades obligadas debían cumplir con el Sarlaft anterior. Con la modificación que se hizo recientemente, 7.700 empresas aproximadamente deben cumplir con el nuevo Sagrilaft.

Comparando la normatividad anterior con lo que plantea el Sagrilaft, las sociedades obligadas y que se dediquen a actividades y profesiones no financieras designadas, que deben implementar el nuevo Sagrilaft, crecieron alrededor de 20 veces.

Jiménez advierte que hay compañías que llevan a cabo desarrollos por cumplir, entonces ponen lo mínimo y contratan a alguien para que elaboren políticas que cumplan con unos requerimientos y ya, pero eso no reduce realmente los riesgos y tienen bastantes posibilidades de que las autoridades las sancionen o se materialice un delito por vía de sus empresas.

«Por otro lado están las empresas que sí se asesoran y buscan la mejor forma de evitar un lavado de activos, desean detectar los riesgos y entienden que un caso de estos puede acabar con la organización», afirma.

Multas contra el lavado de activos

Jiménez explica que existen multas para la empresa, el representante legal, el revisor fiscal y el oficial de cumplimiento de hasta 200 smmlv (181 millones de pesos).

«El aumento de judicializaciones por lavado y extinción de dominio han aumentado, lo que indica que los riesgos y la necesidad de tener medidas preventivas contra el lavado de activos también se incrementen», dice.

Quienes no tengan implementado el Sagrilaft a finales de mayo de este año podrían recibir sanciones de hasta 500 millones de pesos. También tendrán que afrontar el impacto en su reputación a consecuencia de una multa de este tipo.

Estas multas, aclara Jiménez, aplican para las empresas que no tienen el Sagrilaft funcionando, ya que comprobarse el ingreso de dineros ilícitos es motivo de otro tipo de acciones legales por parte de autoridades como la Supersociedades.

Se debía adecuar la normatividad local para ver mejoras

Jiménez dice que la actualización de los lineamientos de la Supersociedades en materia de lavado de activos tiene origen en recomendaciones globales del Grupo de Acciones Financiera Internacional –GAFI–; institución que determina recomendaciones para que los países prevengan, investiguen y judicialicen el lavado de activos.

Además, la entidad realiza evaluaciones cada cinco años. A finales de 2018 el reporte del análisis hecho a Colombia solicitó adecuar la normatividad para mejorar en el tema.