Cómo debe actuar el revisor fiscal cuando él o su grupo de colaboradores encuentran señales de lavado de activos y soborno.

En primer lugar, es sustancial resaltar el importante rol del revisor fiscal ante el riesgo de lavado de activos, por lo que ante una señal de materialización del riesgo el profesional debe actuar con la debida diligencia profesional.

La NIA 250 especifica que en el caso de existir incumplimientos, o se tenga sospecha de estos, el revisor deberá obtener evidencia suficiente y apropiada en relación con el cumplimiento de las disposiciones de las leyes y regulaciones. De igual manera, es importante desempeñar procedimientos de auditoría para ayudar a identificar casos de incumplimiento.

El incumplimiento es definido como las acciones u omisiones de la entidad, intencionadas o no, que son contrarias a las disposiciones legales. El párrafo 5 de la NIA 250 expone:

(…) El incumplimiento puede implicar conductas orientadas a ocultarlo, tales como la colusión, la falsificación, la omisión deliberada del registro de transacciones, la elusión de los controles por la dirección o la realización de manifestaciones intencionadamente erróneas al auditor.

El incumplimiento, además de encontrarse en las transacciones realizadas por la entidad o en su nombre, se puede presentar también por los responsables de su gobierno, la dirección o los empleados.

Ante la amenaza de un incumplimiento, la NIA 250 expone que:

  • Debe reportarse ante los encargados del gobierno corporativo (junta directiva).
  • Se deberá verificar la relevancia en el dictamen del auditor sobre los estados financieros.
  • Se deberá evaluar si se debe denunciar el incumplimiento ante autoridades reguladoras y de gestión.

Ahora bien, es importante identificar los actores involucrados en la amenaza de lavado de activos, puesto que de esto dependerá el paso a seguir del revisor fiscal, ya sea mediante el conducto regular reportando las amenazas ante la dirección de la compañía o hacia la entidad reguladora competente, en caso de que la dirección se encuentre involucrada.

El revisor fiscal debe incluir en la documentación de auditoría el incumplimiento identificado o sospecha de este, así como los resultados de la discusión con la administración, con el fin de realizar un seguimiento a los puntos planteados y evidenciar el proceder del oficial de cumplimiento y/o administración de la entidad.