La Dian, mediante el Concepto 011620 de 2025, ha unificado su postura sobre la validez de los extractos bancarios como soporte para costos y deducciones, aclarando cuándo es necesario generar un Documento Soporte en Adquisiciones a No Obligados a Facturar (DSNO).

En su análisis, la entidad diferenció dos tipos de extractos. El primero es el documento equivalente, expedido por entidades obligadas a facturar (como fiduciarias). El segundo es el documento soporte, emitido por bancos y corporaciones financieras. Para estos últimos, la entidad concluyó que no es necesario generar un DSNO adicional para registrar los gastos bancarios, ya que el extracto es válido por sí mismo.

Con esta aclaración, la Dian confirmó que la doctrina anterior que generaba confusión (Concepto 901948 de 2021) fue reemplazada por el Concepto Unificado No. 0106 de 2022, por lo que la interpretación vigente es que los extractos de entidades financieras son un soporte fiscal suficiente para costos y deducciones, siempre que cumplan los requisitos legales, como la discriminación del IVA cuando sea solicitado.

Así las cosas, los contribuyentes no deberán elaborar un documento soporte adicional para gastos como comisiones o cuotas de manejo.