ESTABLECIMIENTO DE COMERCIO Y LOCAL COMERCIAL, EN QUE SE DIFERENCIAN
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Los conceptos de establecimiento de comercio y local comercial suelen utilizarse para referirse a una sola cosa: el espacio físico donde se ofrecen bienes o servicios. De hecho, en la doctrina comercial una de las presunciones de la calidad de comerciante de una persona es que tenga un establecimiento de comercio abierto al público.
Sin embargo, aunque parezcan significar lo mismo, porque es posible afirmar también que el establecimiento de comercio funciona a través de un local comercial, es importante tener claro que son figuras sustancialmente diferentes, tanto por su definición jurídica como por la finalidad que persiguen.
A continuación, veamos en qué consiste cada uno de ellos y sus principales diferencias.
¿Qué es un local comercial?
En términos generales, el local comercial es el espacio físico donde se ofrecen bienes o servicios. Si bien no existe una definición legal y no está reglamentado en la ley, el local comercial es comúnmente entendido como el lugar o espacio físico donde funciona uno o varios establecimientos de comercio y el comerciante ofrece sus productos o servicios, como tiendas, puntos de venta, negocios, almacenes, etc.
El local comercial, entonces, es una parte del establecimiento de comercio y puede ser propiedad del comerciante o puede ser gestionado a través de un contrato de arrendamiento con vocación de permanencia. Recordemos que la regulación del contrato de arrendamiento de local comercial establecida en los artículos 518 y siguientes del Código de Comercio establece una especie de estabilidad reforzada en favor del arrendatario comerciante a través de la figura del derecho de renovación.
¿Qué es el establecimiento de comercio?
El establecimiento de comercio es el elemento funcional de la empresa. El artículo 515 del Código de Comercio lo define como el conjunto heterogéneo de bienes organizados y destinados para desarrollar y cumplir los fines de la empresa. La organización es un elemento central del establecimiento de comercio, pues se constituye como el factor que une los distintos bienes que lo conforman.
A diferencia del local comercial, el establecimiento de comercio sí está definido y regulado por la ley. El artículo 516 del Código de Comercio incluye una enumeración de los bienes que integran el establecimiento de comercio, resumida de la siguiente manera:
- Elementos materiales: son los muebles e inmuebles que forman parte del conjunto de bienes como el mobiliario, instalaciones, equipos, mercancías, dinero, vehículos, etc.
- Elementos inmateriales: son los derechos, obligaciones, relaciones jurídicas como los derechos de propiedad industrial, el nombre comercial o la enseña, las marcas comerciales y los contratos de arrendamiento, entre otros.
Es importante señalar que, aunque en la enumeración del artículo 516 no haga referencia explícita al local comercial como parte del establecimiento de comercio, esto no significa que la ley lo excluya, pues dicha enumeración no es taxativa y además el local comercial es, en muchos casos, un elemento indispensable y esencial para la organización y funcionamiento del establecimiento de comercio.
Cabe anotar que no todo establecimiento de comercio debe tener necesariamente un local comercial, es decir, un espacio físico dónde se exhiban y ofrezcan las mercancías o los servicios, y donde se establezca contacto con los clientes de manera presencial. Es posible que el comerciante, dadas las particularidades propias de su actividad, prescinda del espacio físico y prefiera hacer funcionar su establecimiento de comercio a través de medios electrónicos o digitales.