Durante el mes de octubre de 2021 los contribuyentes del régimen ordinario y del SIMPLE deberán cumplir con ciertas obligaciones tributarias. Además, durante este mes se abrirá la tercera convocatoria del año para la inscripción de proyectos que permitan acceder a la renta exenta de economía naranja.

A continuación, abordaremos las principales obligaciones que deberán tenerse en cuenta durante estos próximos días para evitar caer en sanciones tributarias por su extemporaneidad. Veamos:

Últimos plazos para la presentación de la declaración de renta de personas naturales por el AG 2020

Entre el 1 y 20 de octubre de 2021 las personas naturales y/o sucesiones ilíquidas cuyos dos últimos dígitos del NIT sean del 75 al 99 o 00 deberán presentar y pagar el impuesto de renta a cargo correspondiente al año gravable 2020.

Últimos plazos para la presentación de la declaración de activos en el exterior

Entre el 1 y 20 de octubre de 2021 transcurrirán los vencimientos para que presenten la declaración informativa de activos en el exterior poseídos a enero 1 de 2021 (formulario 160) las personas naturales y/o sucesiones ilíquidas cuyos dos últimos dígitos del NIT sean del 74 al 99 o 00, siempre que al 1 de enero de 2021 el monto de sus activos haya superado el equivalente a 2.000 UVT ($72.616.000).

Presentación de la declaración anual para contribuyentes del SIMPLE AG 2020

Entre el 25 y el 29 de octubre de 2021 los contribuyentes del régimen simple de tributación (personas naturales y jurídicas) deberán presentar la declaración anual del impuesto unificado correspondiente al año gravable 2020, de acuerdo con el último dígito del NIT registrado en el RUT del contribuyente. Para efectos de esta declaración, se deberá emplear el formulario 260, prescrito por la Dian mediante la Resolución 000071 de 2021.

Última convocatoria de 2021 para postular proyectos de economía naranja

El 1 de octubre de 2021 se da apertura a la tercera y última convocatoria de 2021 para postular los proyectos de economía naranja y acceder al beneficio de renta exenta contemplado en el artículo 235-2 del ET. Recordemos que el artículo 1.2.1.22.51 del DUT 1625 de 2016, modificado por el Decreto 286 de 2020, estableció tres períodos anuales en los cuales los interesados podrán enviar sus proyectos para acceder al beneficio de renta exenta para empresas de economía naranja: del 1 al 31 de marzo, del 1 al 30 de julio y del 1 al 31 de octubre.

Al respecto, debe tenerse en cuenta que para el año gravable 2021 la tercera convocatoria se extenderá hasta el 31 de diciembre del año en curso (ver inciso segundo del artículo 1.2.1.22.52 del DUT 1625 de 2016, modificado por el Decreto 286 de 2020).