Los empleadores que crearon nuevos empleos entre julio y diciembre de 2021 recibieron por parte del Gobierno nacional más de 111.000 millones de pesos al cierre del año anterior como apoyo para cubrir los gastos laborales generados por las nuevas vinculaciones en dicho período.

Estos recursos se entregaron a 14.096 empleadores de todo el país a través de las entidades financieras en donde se postularon al programa.

Por su parte, la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales –UGPP– identificó que 274.142 trabajadores ingresaron al mercado laboral formal, de los cuales 217.644 fueron jóvenes entre 18 y 28 años, es decir, cerca del 80 % de los nuevos puestos de trabajo creados.

Además, 31.978 puestos de trabajo fueron para mujeres mayores de 28 años, lo que representó el 15 % del total general, y el 6 % restante fueron vinculaciones de hombres mayores de 28 años.

El 90 % de los empleadores beneficiados de los programas de apoyo a la generación de empleo han sido micro, pequeños y medianos empresarios, para quienes se han reconocido subsidios por 95.364 empleos adicionales, de los cuales 63.448 fueron de jóvenes, 14.398 de mujeres mayores de 28 años y los 17.518 restantes de hombres mayores de 28 años.

Incentivo para la creación de nuevos empleos

Las cifras anteriores hacen parte de los resultados de la implementación de la Ley de Inversión Social, que transformó la Estrategia Sacúdete (la cual inicialmente se enfocó en contratar jóvenes) en el incentivo a la generación de nuevos empleos, entregando subsidios para los empleadores que aumentaran sus nóminas, así:

Postulación de empleadores para el incentivo por generar nuevos empleos

El calendario de postulaciones al incentivo a la generación de nuevos empleos será del 17 al 24 de marzo y del 19 al 26 de mayo. El porcentaje de los subsidios entregados este año se ajusta con el nuevo salario mínimo de un millón de pesos.

La UGPP recuerda quiénes pueden postularse a este incentivo:

  • Personas jurídicas.
  • Personas naturales con más de 2 trabajadores en la planilla integrada de liquidación de aportes –Pila– de febrero 2020.
  • Consorcios y uniones temporales.
  • Entidades sin ánimo de lucro o patrimonios autónomos declarantes de renta.
  • Cooperativas y precooperativas de trabajo asociado.
  • Establecimientos educativos no oficiales

Por su parte, los requisitos son:

  • Haber vinculado trabajadores adicionales, de manera formal, frente a lo registrado en la Pila en marzo de 2021.
  • Tener un producto de depósito en una entidad financiera.
  • Estar al día en el pago de salarios y aportes al sistema de la protección social en todos los trabajadores.
  • No tener una participación de la nación y/o sus entidades descentralizadas mayor al 50 % de su capital.
  • Si es persona natural empleadora, no puede ser una persona expuesta políticamente –PEP–.
  • Si es una cooperativa, debe estar registrada en la cámara de comercio de su domicilio principal.

Documentación requerida

  • Formulario de postulación diligenciado y firmado por el representante legal, persona natural empleadora, promotor o liquidador si la empresa postulante está en reestructuración o liquidación.
  • Certificación firmada por la persona natural empleadora, o representante legal y el revisor fiscal o contador público, que señale:
    • Que los empleados sobre los que recibirá el aporte recibieron el salario del mes anterior y están al día en el pago de aportes a seguridad social
    • Si se han adelantado procesos de sustitución patronal o de empleador después de marzo de 2021.
  • Copia del RUT expedido dentro de los seis meses previos a la postulación.