La norma contenida en el artículo 512-15 del ET, creada con el artículo 207 de la Ley 1819 de 2016, contempla que a partir del 1 de enero de 2019 los responsables del IVA en el régimen común que entreguen bolsas plásticas a sus clientes para el transporte de mercancías tendrán que aumentar el cobro del Impuesto Nacional al Consumo –INC– sobre dichas bolsas, el cual pasará de $30 a $40 por unidad. Este es un impuesto que de acuerdo con informes de prensa,le permitió recaudar a la Dian en su primer año de aplicación (de julio de 2017 a julio de 2018) cerca de 20.000 millones de pesos.

Al respecto, es importante tener presente que las normas de los artículos 512-15 y 512-16 del ET , dictan que si en el establecimiento de comercio se llegan a utilizar bolsas reutilizables o conciertos grados especiales de biodegradabilidad, entonces el INC no se tendrá que cobrar o se podrá cobrar de forma reducida (ver la Resolución 1481 de agosto 3 de 2018 expedida por el Ministerio del Medio Ambiente en la cual se fijan los trámites que deben cumplir los fabricantes de las bolsas o sus importadores para lograr obtener una certificación ante la Autoridad Nacionalde Licencias Ambientales –Anla– que les permita comercializar bolsas que no causarán el INC o permitirán cobrarlo de forma reducida).

El régimen simple contemplado en el proyecto de ley de financiamiento y la responsabilidad frente al INC de las bolsas plásticas

En relación con este tema y teniendo presente que desde el pasado 31 de octubre de 2018 se radicó en el Congreso un nuevo proyecto de ley de financiamiento con el que se propone efectuar grandes cambios a los impuestos nacionales administrados por la Dian, es importante destacar que ninguna de las propuestas contenidas en dicho proyecto de ley contempla hasta el momento la eliminación del INC a las bolsas plásticas.

Sin embargo, una de las más novedosas propuestas contenidas en dicho proyecto es la creación de lo que sería el nuevo régimen simple de tributación. De acuerdo con la propuesta, en el régimen simple se podrán inscribir voluntariamente las personas naturales o jurídicas que obtengan anualmente ingresos brutos de hasta 80.000 UVT, y se les pediría presentar una sola declaración anual en la que se liquidaría un impuesto especial (calculado solo sobre sus ingresos brutos), el cual reemplazaría a su impuesto de renta, su impuesto de industria y comercio y su INC por concepto de servicios de bares y restaurantes.

De acuerdo con lo anterior, el contribuyente que se acoge al régimen simple seguirá perteneciendo al régimen común del IVA y también continuará entregando bolsas plásticas a sus clientes, en ese caso deberá tener presente que tendrá que seguir presentando bimestral o cuatrimestralmente sus declaraciones del IVA al igual que su declaración bimestral del INC (cobrado sobre las bolsas plásticas), pues como se dijo anteriormente el valor del impuesto especial que se le pedirá calcular en el régimen simple no reemplaza a ninguno de estos dos impuestos.