El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, a través del Decreto 434 de 2020, amplió el plazo para la renovación de la matricula mercantil, el registro único nacional de entidades operadoras de libranza –Runeol– y demás registros que integran el registro único empresarial y social –Rues– hasta el tres (3) de julio del año en curso.
Además, se ampliaron los plazos para:
- La renovación del registro único de proponentes hasta el quinto (5) día hábil de julio del año en curso.
- La renovación de la afiliación a las cámaras de comercio hasta el tres (3) de julio del año en curso.
Se establece, a su vez, a través del decreto en mención, que las reuniones ordinarias de asambleas de que trata el artículo 422 del Código de Comercio podrán llevarse a cabo dentro del mes siguiente a la finalización de la emergencia sanitaria, esto es, en junio del año en curso, según lo prevé a través del Decreto 385 de 2020.