En lo que se refiere a la normativa que debe aplicar cada revisor fiscal en el desarrollo de su trabajo y en la elaboración de su dictamen, podemos dividir a estos profesionales en tres grupos, a saber:

Revisores fiscales que deben aplicar las NIA, incluyendo la NIA 701

Los revisores fiscales que en la elaboración de su dictamen (numeral 7 del artículo 207 y artículo 208 del Código de Comercio –CCo–) deben aplicar las Normas Internacionales de Auditoría –NIA–, incluyendo la NIA 701 – Comunicación de las cuestiones clave de la auditoría en el informe de auditoría, son los que desarrollen sus encargos en entidades del grupo 1.

Adicionalmente, estos revisores fiscales deberán aplicar las Normas Internacionales de Trabajo para Atestiguar –ISAE– para cumplir con su función de evaluación del control interno (artículo 209 del CCo).

Revisores fiscales que deben aplicar las NIA, exceptuando la NIA 701

Los revisores fiscales que en la elaboración de su dictamen deben aplicar las NIA, exceptuando la NIA 701, son los que desarrollen sus encargos en entidades del grupo 2 que tengan más de 30.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes –smmlv– de activos o más de 200 trabajadores.

Adicionalmente, estos revisores fiscales también deberán aplicar las Normas Internacionales de Trabajo para Atestiguar –ISAE– para cumplir con su función de evaluación del control interno (artículo 209 del CCo).

Revisores fiscales que deben aplicar las Naga

Los revisores fiscales que en la elaboración de su dictamen, y en la evaluación del control interno, deben aplicar las normas de auditoría generalmente aceptadas –Naga– del artículo 7 de la Ley 43 de 1990 son los que desarrollen sus encargos en las siguientes entidades:

  • Entidades del grupo 2 que tengan menos de 30.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes –smmlv– de activos y menos de 200 trabajadores.
  • Entidades del grupo 3.

Otras normas que deben aplicar todos los revisores fiscales

Sin importar el grupo de convergencia al que pertenezca la entidad en la cual el revisor fiscal presta sus servicios, todos los contadores públicos que desarrollen encargos de revisoría deben aplicar las siguientes normas:

  • Requerimientos de ética del Código de Ética del DUR 2420 de 2015 y de la Ley 43 de 1990.
  • NICC 1 que contiene los requerimientos para implementar un sistema de control de calidad.