OBLIGACIONES TRIBUTARIAS QUE VENCEN EN ABRIL

OBLIGACIONES TRIBUTARIAS QUE VENCEN EN ABRIL

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Durante abril de 2022 deberán tenerse en cuenta los plazos para cumplir con la presentación de algunas de las obligaciones tributarias más importantes del año, entre las que resaltamos:

Declaración de renta para grandes contribuyentes

Entre el 7 y el 22 de abril de 2022 deberá cumplirse con la presentación de la declaración de renta del año gravable 2021 de las personas naturales y jurídicas calificadas como grandes contribuyentes, además de realizar el pago de la segunda cuota del impuesto a cargo.

Declaración de renta para personas jurídicas

Entre el 7 de abril y el 6 de mayo de 2022 deberá presentarse la declaración de renta del año gravable 2021 de las personas jurídicas no calificadas como grandes contribuyentes, de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT registrado en el RUT, sin tener en cuenta el dígito de verificación. Así mismo, deberá pagarse la primera cuota del impuesto a cargo.

Cabe señalar que, si la declaración arroja un saldo a pagar inferior a 41 UVT ($1.558.000 en 2022), la fecha de su pago vence el mismo día del plazo señalado para presentar la respectiva declaración, y deberá cancelarse en una sola cuota. Estos mismos plazos también aplican para las personas jurídicas obligadas a presentar sin pago la declaración de ingresos y patrimonio.

Ahora bien, es importante no perder de vista que para presentar la declaración de renta de personas jurídicas será necesario emplear el formulario 110 prescrito por la Dian mediante la Resolución 000026 de 2022.

Declaración de activos en el exterior

Las personas naturales y jurídicas, calificadas como grandes contribuyentes, deberán presentar su declaración de activos en el exterior a más tardar entre el 7 y el 22 de abril de 2022, conforme al último dígito del NIT registrado en el RUT.

Por su parte, las demás personas jurídicas, no calificadas como grandes contribuyentes, deberán cumplir esta obligación entre el 7 de abril y el 6 de mayo de 2022, según los últimos dos dígitos de su NIT.

Cabe resaltar que la obligación de presentar la declaración de activos en el exterior solo es aplicable cuando el valor patrimonial de los activos poseídos al 1 de enero de 2022 sea mayor a 2.000 UVT ($76.008.000).

Declaración anual del régimen simple de tributación

Como novedad para el año 2022, la declaración anual para contribuyentes del régimen simple de tributación deberá presentarse en las mismas fechas en las que se presenta la declaración de renta de los grandes contribuyentes.

Por tanto, la declaración anual del SIMPLE del año gravable 2021 deberá ser presentada por aquellas personas naturales y jurídicas del SIMPLE a más tardar entre el 7 y el 22 de abril de 2022, atendiendo al último dígito del NIT registrado en el RUT.

Para presentar esta declaración, los contribuyentes del régimen simple deberán emplear el nuevo formulario 260 prescrito por la Dian para el año gravable 2021.

Reporte de información exógena para grandes contribuyentes

Entre el 26 de abril y el 9 de mayo de 2022 se cumplen los plazos para que las personas naturales y jurídicas calificadas como grandes contribuyentes presenten el reporte de información exógena del año gravable 2021. Dicho reporte debe ser elaborado de acuerdo con las indicaciones previstas en la Resolución 000098 de 2020.