INFORMACIÓN EXÓGENA AÑO GRAVABLE 2021

INFORMACIÓN EXÓGENA AÑO GRAVABLE 2021

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Para la presentación del reporte de información exógena del año gravable 2021 se deberán tener en cuenta las precisiones establecidas en la Resolución 000098 de 2020 y las modificaciones realizadas por la Resolución 000147 de 2021. La Resolución 000098 de 2020 fue expedida en cumplimiento de la norma contenida en el parágrafo 3 del artículo 631 del ET, la cual señala que la información referida en los artículos 624, 625, 628 y 629 del mismo estatuto deberá presentarse en medios magnéticos o cualquier otro medio electrónico para la transmisión de datos cuyo contenido y características técnicas deben ser definidas por la Dian por lo menos con dos meses de anterioridad al último día del año gravable anterior al cual se solicita la información.

Es importante observar que debido a que las resoluciones con las que se solicita el reporte de información exógena en cada período son expedidas en virtud de tal norma, no incluyen los cambios o novedades que surgen con las reformas tributarias, que por lo regular tienden a darse en los últimos meses del año. Es así como por el año gravable 2021, desde el 9 de septiembre de dicho año fue publicado un proyecto de resolución para modificar la Resolución 000098 de 2020. Finalmente, en diciembre 7 de 2021 fue materializado el mencionado proyecto a través de la Resolución 000147. Así las cosas, para el reporte de información exógena por el año gravable 2021 se deberán atender ambas resoluciones.

Plazos para presentar los formatos de información exógena por el año gravable 2021

Los plazos para presentar el reporte de información exógena por el año gravable 2021 se encuentran definidos en los artículos 42 al 45 de la Resolución 000098 de 2020, así:

Tipo de reportante o información

Plazo máximo en 2022

Artículo que regula el plazo

Registraduría Nacional

1 de marzo

42

Obligados a presentar estados financieros consolidados

30 de junio

43

Información del impuesto de industria y comercio

31 de agosto

44

 

Los grandes contribuyentes y demás personas jurídicas y naturales deberán presentar el reporte de información exógena en los siguientes plazos:

Grandes contribuyentes

Demás personas jurídicas y naturales

Último dígito

Plazo máximo en 2022

Últimos dígitos

Plazo máximo en 2022

Últimos dígitos

Plazo máximo en 2022

1

26 de abril

01 al 05

10 de mayo

51 al 55

24 de mayo

2

27 de abril

06 al 10

11 de mayo

56 al 60

25 de mayo

3

28 de abril

11 al 15

12 de mayo

61 al 65

26 de mayo

4

29 de abril

16 al 20

13 de mayo

66 al 70

27 de mayo

5

2 de mayo

21 al 25

16 de mayo

71 al 75

31 de mayo

6

3 de mayo

26 al 30

17 de mayo

76 al 80

1 de junio

7

4 de mayo

31 al 35

18 de mayo

81 al 85

2 de junio

8

5 de mayo

36 al 40

19 de mayo

86 al 90

3 de junio

9

6 de mayo

41 al 45

20 de mayo

91 al 95

6 de junio

0

9 de mayo

46 al 50

23 de mayo

96 al 00

7 de junio