¿Quién es?

Personas natural que realiza una profesión, oficio o actividad económica con o sin trabajadores a su cargo y sin estar sujeto a un contrato laboral en el desarrollo de dicha actividad. 

Todos los independientes tienen la obligación de aportar al Sistemas General de Seguridad Social -SGSS, si perciben ingresos netos igual o superiores a 1 salario mínimo mensual legal vigente -SMMLV. Artículo 15 de la Ley 100 de 1993. 

Clases

Independiente con contrato de prestación de servicios personales: persona que recibe honorarios por servicios de carácter personal. 

Independiente con contratos diferentes a prestación de servicios personales: persona que celebra otro tipo de contratos. Ejemplos: obras civiles, suministros, insumos, entre otros. 

Independiente por cuenta propia: persona que realiza una actividad económica bajo su propia cuenta y riesgo. Ejemplo: comerciantes. 

Independientes rentistas de capital: persona que recibe ingresos de arriendos, dividendos, utilidades, entre otros.