¿Qué es la UGPP?

La Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales –UGPP– es la entidad encargada del seguimiento, colaboración, determinación y verificación de la adecuada y oportuna liquidación y pago de los aportes con destino al sistema de seguridad social. Esta entidad tiene funciones de fiscalización, liquidación, discusión y cobro (artículo 178 de la Ley 1607 de 2012).

La UGPP tiene la facultad de llevar a cabo fiscalización a empresas, trabajadores independientes y, en general, a todos aquellos obligados a cotizar al sistema. Esto les permite imponer sanciones en caso de que se detecten inconsistencias en la liquidación y pago de los aportes.

Los tipos de sanciones más importantes impuestas por la UGPP son las siguientes:

  • Sanción por omisión o mora en los pagos.
  • Sanción por inexactitud (aportante que declara por valores inferiores a lo legal).
  • Sanción por no suministrar información, reportarla con errores o fuera del plazo.

¿Qué es el sistema de seguridad social?

El sistema de seguridad social en Colombia es un conjunto de instituciones, normas y procedimientos que tienen como objetivo garantizar la protección social de los ciudadanos en situaciones de riesgo, como la enfermedad, la vejez, la maternidad, el desempleo y la invalidez, entre otros. Este sistema se compone de tres grandes subsistemas (salud, pensión y riesgos laborales) y de tres servicios sociales complementarios (Sena, ICBF y subsidio familiar).

¿Qué son las acciones persuasivas de la UGPP?

Son comunicaciones en las cuales la UGPP insta a empleadores y trabajadores independientes, que puedan estar evadiendo aportes al sistema de seguridad social, a rectificar voluntariamente su comportamiento de pago y realizar las contribuciones de manera adecuada. En términos más simples, estas comunicaciones representan una oportunidad que ofrece la UGPP para evitar un proceso de fiscalización.

La UGPP puede utilizar cualquiera de los siguientes medios para persuadir a los aportantes:

  • Cartas físicas o correos electrónicos.
  • Mensajes de texto y comunicaciones telefónicas.
  • Jornadas de capacitación.
  • Citación a puntos de atención al ciudadano.

Conviene resaltar que la UGPP envía únicamente estas comunicaciones a dos tipos de aportantes:

  1. Aportantes empleadores que han sido identificados con un indicio o presunta evasión en el pago de los aportes al sistema.
  2. A los trabajadores independientes que por su capacidad de pago están obligados a realizar los aportes y no lo hacen, o lo hacen de manera incorrecta.

El objetivo principal de las acciones persuasivas es promover una cultura de cumplimiento en los aportes al sistema, asegurar la disponibilidad de recursos para garantizar un acceso adecuado a los beneficios del sistema, y prevenir procesos de fiscalización, acumulación de intereses y aplicación de sanciones.

¿Cuáles son los pasos a seguir al recibir una comunicación persuasiva de la UGPP?

Cuando un empleador aportante o un trabajador independiente reciba una comunicación persuasiva de la UGPP, deberá seguir los siguientes pasos:

  1. Revisión de la comunicación: es importante revisar detalladamente el aviso persuasivo y realizar un análisis completo de su situación económica, incluyendo el ingreso base de cotización –IBC– estimado y el valor de los aportes realizados hasta el momento.
  2. Identificación del período: deberá identificar el año al que se refiere la comunicación y analizar minuciosamente los valores de los aportes realizados durante ese período para detectar posibles inconsistencias.
  3. Correcciones en los aportes: se deben comenzar a realizar los aportes de manera correcta y acorde con la realidad económica del contribuyente.
  4. Reporte de novedades: si el IBC estimado difiere significativamente de la realidad económica, es importante reportar esta novedad a la UGPP para evitar futuras discrepancias.

¿Cómo saber cuándo ha finalizado la acción persuasiva?

La acción persuasiva concluye cuando la UGPP verifica que los aportes se efectúan correctamente y a tiempo, de acuerdo con la situación económica del contribuyente. La entidad está obligada a informar al contribuyente cuando los aportes se están realizando adecuadamente y a confirmar el cierre del proceso persuasivo. Esto ayuda a reducir la posibilidad de iniciar procesos de fiscalización en etapas posteriores.