
La UVT es la medida de valor que permite ajustar los valores contenidos en las disposiciones relativas a los impuestos y obligaciones o en su defecto sanciones impartidas por la DIAN.
Ahora bien, La Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), mediante la resolución 000193 de diciembre 04 de 2024, fijo el valor de la Unidad de Valor Tributario (UVT) aplicable para el año 2025 en $49.799, la cual es de carácter obligatorio su utilidad para todos los contribuyentes a partir del 01 de enero de 2025.
Así mismo, para conocer los mecanismos y procedimientos que utiliza la DIAN al momento de determinar la UVT del año siguiente, se debe tener en cuenta el artículo 868 del Estatuto Tributario, donde nos aclara que, el valor de la unidad de valor tributario se reajustará anualmente en la variación del índice de precios al consumidor para ingresos medios, certificado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, en el período comprendido entre el primero (1) de octubre del año anterior al gravable y la misma fecha del año inmediatamente anterior a este.
Continuando con lo previsto en el presente artículo, el Director General de la DIAN deberá publicar mediante Resolución antes del primero (1) de enero de cada año, el valor de la UVT que regirá para el año gravable siguiente. Si no lo publicare oportunamente, el contribuyente aplicará el aumento autorizado.
Y, por último, es muy importante tener presente que la sanción mínima de la DIAN para el año 2025 es de 10 UVT que es equivalente a $498.000 mil pesos.
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Fuente de apoyo: Resolución 000193 de diciembre 04 de 2024 y Estatuto Tributario.