Es el registro previo de los comerciantes y sus establecimientos de comercio, al igual que el depósito de documentos de índole comercial más relevantes para un comerciante, que desea ejercer alguna actividad económica legal en Colombia. Ahora bien, este registro genera garantía y credulidad para los colaboradores de una empresa, clientes, proveedores y demás personas que sea de su interés.

 Tener registro mercantil trae consigo muchas ventajas importantes para un comerciante, que está en busca de formalizar su empresa, tales como:

  • Certificarse y hacer público su calidad de comerciante.
  • Volver visible los negocios frente a potenciales clientes y/o proveedores.
  • Convalida la estructura legal que sustenta jurídicamente los negocios o comercios.
  • Pueden acceder sin costo a los distintos servicios de fortalecimiento empresarial que brinda la Cámara de Comercio.

No obstante, este registro debe renovarse en conjunto con los establecimientos de comercio activos, en la Cámara de Comercio antes del 31 de marzo de cada año, como lo indica el artículo 33 del Código de Comercio. Además, es el momento propicio para actualizar la información que se haya modificado en la empresa, y esta forma mantener los datos mercantiles vigente.

Y, por último, en caso que deseen solicitar la cancelación de la matrícula mercantil, se debe estar al día con el pago de la renovación como primera condición, y tener en cuenta que lo siguiente:

Si eres persona natural debes reportar dicha situación a la Unidad Administrativa Especial Dirección Nacional de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) para realizar la respectiva actualización del RUT.

Si eres persona jurídica debes reportar la liquidación para la cancelación del NIT e informar la cancelación ante Industria y Comercio del respectivo municipio.

 

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Fuente de apoyo: Código de Comercio