
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) emitió la Resolución 000024 del 3 de abril de 2025, con la cual establece los detalles técnicos y estructurales de la información exógena cambiaria, así como los plazos para su entrega. Esta resolución aplica a las operaciones canalizadas desde el cuarto trimestre de 2023 en adelante.
Este nuevo marco normativo complementa lo dispuesto previamente en la Resolución 000180 del 26 de septiembre de 2024, donde se exigía la entrega de información relacionada con operaciones sujetas al control cambiario de la DIAN.
En concreto, la nueva resolución define nueve formatos técnicos específicos que deben seguir las personas naturales y jurídicas al momento de reportar la información requerida. Estos formatos están diseñados para organizar de manera clara y estandarizada los datos correspondientes a las transacciones cambiarias.
Plazos de entrega
La DIAN ha establecido que el plazo máximo para presentar la información correspondiente a los trimestres 4 de 2023 y 1, 2, 3 y 4 de 2024 se extenderá hasta el 31 de octubre de 2025. Este reporte aplica para operaciones canalizadas tanto a través de los intermediarios del mercado cambiario (IMC) como mediante cuentas de compensación registradas ante el Banco de la República.
Adicionalmente, se ha fijado que la información del año 2025 (trimestres 1 a 4) deberá ser reportada a más tardar el 31 de enero de 2026.
Herramientas digitales para facilitar el proceso
Con el fin de optimizar la presentación de esta información, la DIAN pone a disposición de los usuarios la versión 3.0.0 del Prevalidador Cambiario. Esta herramienta digital permite procesar correctamente los formatos establecidos en los nueve anexos técnicos de la resolución.
Con estas acciones, la DIAN reafirma su compromiso de facilitar el cumplimiento normativo mediante el uso de tecnologías que apoyan el desarrollo económico y social del país.
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Fuente de apoyo: Comunicado de Prensa (DIAN) No 034 de 2025, resolución 24 de abril 2025 y resolución 180 de septiembre 2024