El próximo 15 de julio de 2025, la jornada laboral para los trabajadores en Colombia, actualmente fijada en 46 horas, se reducirá en dos horas, quedando en 44 horas semanales. Esta será la tercera de las cuatro reducciones previstas, las cuales culminarán en 2026. 

Esta disminución responde a la Ley 2101 de 2021, que redujo la jornada laboral de 48 a 42 horas semanales. Es decir, la máxima cantidad de horas que un trabajador puede laborar semanalmente, bajo la modalidad de jornada ordinaria, será de 42 horas. 

Sin embargo, esta reducción puede implementarse de dos maneras: el empleador puede acogerse de inmediato a las 42 horas semanales (implementación automática), o aplicar la disminución de manera progresiva (implementación gradual). 

Jornada laboral máxima en 2025 

Según la implementación gradual, la tercera reducción de la jornada laboral se aplicará en 2025. A partir del 15 de julio la jornada máxima legal pasará de 46 a 44 horas semanales: 

Período 2025 

Jornada laboral máxima semanal 

Del 1 enero al 14 de julio 

46 

Del 15 de julio al 31 de diciembre 

44 

 

La jornada laboral máxima de 44 horas semanales se mantendrá desde el 15 de julio de 2025 hasta el 14 de julio de 2026. Todo tiempo laborado que exceda ese límite deberá reconocerse y pagarse como trabajo suplementario u horas extra. 

¿Pueden los empleadores aumentar la hora de almuerzo para cumplir con la reducción? 

Muchas empresas han optado por la implementación gradual de la jornada laboral, establecida en el artículo 3 de la Ley 2101 de 2021. Sin embargo, como la norma no precisa la forma exacta en que debe aplicarse la reducción, han surgido interpretaciones que intentan cumplirla sin modificar el horario de entrada o salida del trabajador. 

Una de esas alternativas consiste en ampliar el tiempo destinado a la hora de almuerzo o a los descansos dentro de la jornada. No obstante, esta opción no cumple con la finalidad de la ley. 

¿Qué dijo el Ministerio del Trabajo sobre esta práctica? 

El Ministerio del Trabajo, mediante el Concepto 76151 del 28 de diciembre de 2023, fue enfático en señalar que no es válido aumentar el tiempo de la hora de almuerzo como forma de aplicar la reducción. 

La única forma correcta de cumplir con la Ley 2101 de 2021 es modificando la hora de entrada o salida del trabajador, de manera que se reduzca efectivamente su tiempo en la empresa. El objetivo de esta medida es garantizar a los trabajadores más tiempo libre que puedan dedicar al descanso, a su familia, a la educación o a actividades recreativas.