El Ministerio de Hacienda expidió el Decreto 0771 del 7 de julio de 2025, con el cual establece los porcentajes del interés presunto y el componente inflacionario. 

Para efectos del impuesto sobre la renta del año gravable 2025, todo préstamo en dinero entre sociedades y sus socios o accionistas generará un rendimiento mínimo anual del 9,25 %. 

Por otra parte, para el año gravable 2024, no constituye renta ni ganancia ocasional el 50,88 % de los rendimientos financieros percibidos por personas naturales y sucesiones ilíquidas no obligadas a llevar contabilidad. Este mismo porcentaje se aplica a las utilidades distribuidas por fondos mutuos de inversión, fondos de inversión y fondos de valores a dichos contribuyentes. 

De igual forma, para el año gravable 2024, no constituye costo ni deducción el 25,01 % de los intereses y demás costos y gastos financieros incurridos por personas naturales y sucesiones ilíquidas no obligadas a llevar contabilidad. 

Finalmente, no serán deducibles en un 23,06 % los ajustes por diferencia en cambio, ni los costos y gastos financieros por deudas en moneda extranjera.