La mujer rural enfrenta el desconocimiento de su trabajo de cuidado y el peso de la informalidad, la cual según el DANE llegó al 84,7% en los centros poblados y en el sector rural disperso —mientras el promedio nacional es del 56,8%—, lo que muestra que la ruralidad soporta un peso mucho más significativo que la zona urbana. La reforma plantea la protección al trabajo femenino rural y campesino, incorporando remuneración por su trabajo en la preparación de alimentos y el cuidado de personas, animales y cultivos, y las demás desarrolladas de forma subordinada. Incluye además una formulación posterior de política pública de apoyo al trabajo agropecuario.

ARTÍCULO 103C. Adicionado por el art. 32, Ley 2466 de 2025. <El texto adicionado es el siguiente> protección al trabajo femenino rural y campesino. El trabajo de la mujer rural y campesina será especialmente protegido, y se deberá reconocer la dimensión productiva, social y comunitaria de su trabajo.

Deberán ser remuneradas por el trabajo que realizan en la preparación de alimentos, el cuidado de personas, animales y de cultivos, y las demás que desarrollen de manera subordinada, en relación con sus empleadores.

 El Ministerio del Trabajo reglamentará la forma en que la mujer rural y campesina accederá al sistema de seguridad social integral cuando no lo hagan de manera contributiva. Para ello deberá reconocer los riesgos ocupacionales a los que se encuentran expuestas, teniendo en cuenta sus particularidades biológicas y sociales, y las múltiples jornadas de trabajo, incluyendo aquellas relacionadas con el cuidado de familias, personas enfermas, personas con discapacidad y otras.

El Gobierno nacional y los empleadores velarán por eliminar cualquier forma de discriminación o explotación”.

Parágrafo. El Ministerio del Trabajo implementará mecanismos de sensibilización dirigidos a las mujeres rurales y campesinas, con el fin de facilitar la comprensión y el ejercicio pleno de sus derechos laborales.»

Este reconocimiento y regulación son importantes para garantizar los derechos laborales y sociales de las mujeres campesinas, quienes a menudo realizan labores no remuneradas o invisibilizadas. El acceso a la seguridad social es fundamental para su bienestar y protección, especialmente en situaciones de enfermedad, vejez o discapacidad.

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