
La UVT es la medida de valor que permite ajustar los valores contenidos en las disposiciones relativas a los impuestos y obligaciones impartidas por la DIAN.
La Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), mediante la resolución 000238 de diciembre 15 de 2025, fijo el valor de la Unidad de Valor Tributario (UVT) aplicable para el año 2026 en $52.374, para conocimiento y aplicación por parte de todos los contribuyentes.
Ahora bien, teniendo en cuenta el artículo 868 del Estatuto Tributario, donde nos aclara que, el valor de la unidad de valor tributario se reajustará anualmente en la variación del índice de precios al consumidor para ingresos medios, certificado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, en el período comprendido entre el primero (1) de octubre del año anterior al gravable y la misma fecha del año inmediatamente anterior a este.
Asimismo, con lo previsto en el presente artículo, el Director General de la DIAN deberá publicar mediante Resolución antes del primero (1) de enero de cada año, el valor de la UVT que regirá para el año gravable siguiente. Si no lo publicare oportunamente, el contribuyente aplicará el aumento autorizado.
Y, por último, es importante tener presente que queda establecida la sanción mínima en $524.000 mil pesos, lo cual es equivalente a 10 UVT.
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Fuente de apoyo: Resolución 000238 de diciembre 15 de 2025 y Estatuto Tributario.