En la práctica empresarial es común que una compañía realice simultáneamente operaciones gravadas, exentas y excluidas del IVA y no se pueden imputar de forma directa. Cuando esto ocurre, surge la necesidad de aplicar el denominado prorrateo del IVA o proporcionalidad del IVA descontable, mecanismo que permite determinar qué porcentaje del IVA pagado puede llevarse como descontable en la declaración tributaria.

¿CUÁL ES LA NORMATIVA TRIBUTARIA­­?

Para la normatividad colombiana en el artículo Artículo 490, determina que se utilicen los métodos de prorrateo o proporcionalidad para definir qué parte del IVA pagado es descontable o debe ser llevado al costo; el prorrateo se aplica cuando una empresa comercializa bienes o servicios excluidos, exentos y gravados, permitiendo determinar qué parte del IVA de sus compras puede ser descontado o debe asumirse como un mayor valor del costo.

Por otro lado, la proporcionalidad se usa cuando solo se venden productos gravados y exentos, con el fin de establecer qué proporción del saldo a favor puede solicitarse en devolución o compensarse con otras obligaciones tributarias.

CLASIFICACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

A continuación, se detalla los tipos de operaciones.

TIPO DE OPERACIÓN

TARIFAS

RESPONSABILIDAD DEL IVA

IVA DESCONTABLE

TRATAMIENTOS DE SALDOS A FAVOR

GRAVADAS

19% O 5%

RESPONSABLE DE IVA

SI

SOLO SE PUEDEN IMPUTAR

EXENTOS

0%

RESPONSABLE DE IVA

SI

SE PUEDEN SOLICITAR DEVOLUCIÓN O COMPENSAR

EXCLUIDOS

NO APLICA

NO RESPONSABLE DE IVA

NO

SE LLEVAN AL COSTO O GASTO.

¿CUÁNDO APLICA EL PRORRATEO O PROPORCIONALIDAD DE IVA?

Ejemplo de cómo se debe aplicar el prorrateo o proporcionalidad del IVA

La empresa “Comercializadora Vifal SAS” durante el bimestre obtuvo los siguientes ingresos:

 

Concepto

Valor

Ventas gravadas

$180.000.000

Ventas excluidas

$120.000.000

Total ingresos

$300.000.000

Durante el mismo periodo incurrió en gastos administrativos comunes por:

Concepto

Valor

Servicios administrativos

$20.000.000

IVA pagado (19 %)

$3.800.000

El gasto beneficia tanto actividades gravadas como excluidas, por lo cual debe aplicarse el prorrateo o proporcionalidad de IVA.

Paso 1: Calcular el porcentaje de proporcionalidad

La empresa solamente podrá descontar el 60 % del IVA pagado.

Paso 2: Calcular el IVA descontable

Paso 3: Determinar el IVA no descontable

Resultado final del ejemplo

Concepto

Valor

IVA pagado total

$3.800.000

IVA descontable

$2.280.000

IVA mayor valor del gasto

$1.520.000

El valor no descontable deberá contabilizarse como mayor valor del gasto o costo.

 

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