
Prima de servicios vs prima extralegal
La prima de servicios es una prestación social obligatoria establecida en el artículo 306 del CST. Todos los empleadores están obligados a reconocerla a sus trabajadores vinculados mediante contrato laboral. Esta prestación tiene como finalidad reconocer la participación del trabajador en las utilidades o beneficios económicos generados por la empresa. Su fecha máxima de pago es el 30 de junio y el 20 de diciembre de cada año.
¿Qué es la prima extralegal?
La prima extralegal es un beneficio adicional otorgado voluntariamente por el empleador o acordado mediante negociación colectiva.
A diferencia de la prima de servicios, la prima extralegal no está impuesta por la ley. Su existencia depende de acuerdos internos, contratos laborales, convenciones colectivas, pactos colectivos o políticas empresariales. En otras palabras, mientras la prima legal es obligatoria, la extralegal funciona como un incentivo o beneficio adicional.