Los gastos bancarios son aquellos costos que una entidad financiera cobra a sus clientes por el uso de los servicios financieros, algunos de los gastos bancarios más comunes son: cuota de manejo, gravamen al movimiento financiero (4×1000), comisiones, intereses; y aunque no es un gasto y no menos importante el IVA.

A raíz de los cambios actuales nos hemos preguntado si el extracto bancario o el reporte anual de costos y gastos es suficiente para soportar el gasto ante la Administración de Impuestos, o debemos elaborar un DSNO (Documento Soporte en adquisiciones con sujetos No Obligados a expedir factura o documento equivalente) para legalizar los gastos bancarios.

De acuerdo con resolución 165 de 2023 en su artículo 8 expedida por la Dian los bancos, corporaciones financieras y las compañías de financiamiento están en el grupo de sujetos NO obligados a expedir factura de venta, por lo cual el extracto bancario es un documento soporte tributario y es suficiente para soportar el gasto.  Así mismo debido a lo anterior no es necesario que una empresa para legalizar el gasto elabore un documento soporte (DSNO).

Es importante dejar claro que para que los gastos bancarios sean deducibles es necesario que exista la relación de causalidad que no es otra cosa que el Gasto este asociado al desarrollo de la actividad económica de la empresa.

Así mismo el extracto bancario o reporte de costos anuales para que sea aceptado como un soporte valido de los gastos bancarios debe contener como mínimo la siguiente información:

-Razón social y NIT de la entidad bancaria

-Datos de la empresa titular, que coincida con el que aparece en el rut

-Periodo de las transacciones financieras

-Detalle del cobro: Comisiones, intereses, cuota de manejo, etc.

-El valor debitado

-Detalle del valor del iva cobrado

Además, que la entidad financiera sea reconocida y vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia.

El registro exacto de los gastos bancarios permitirá que la empresa deduzca correctamente los valores en su declaración de impuestos, con lo cual evitara inconsistencias a futuro y posibles sanciones por la Administración de Impuestos.

 

 

Permítanos asesorarlo

HERRERA ASOCIADOS Y CIA S.A.S 
Teléfono: 3155034866 -4854822

Correo electrónico: director@herreraaasociados.co