Muchas de las empresas colombianas son pequeñas y dada su baja complejidad, pocas transacciones diarias y, sobre todo, bajo presupuesto, se arriesgan a enfrentarse a las responsabilidades de emprender, sin terminar de analizar y sopesar el riesgo que representa dejar la gestión contable en manos del propietario, administrador o estudiantes de contabilidad o contaduría pública no titulados.

Al respecto de esta problemática, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública –CTCP– establece que se entienden como actividades relacionadas con la ciencia contable:

  • Todas las que implican organización, revisión y control de contabilidades.
  • Las labores de certificación y dictamen sobre estados financieros.
  • Certificaciones fundamentadas en libros de contabilidad.
  • Revisoría fiscal y prestación de servicios de auditoría.
  • Otras actividades conexas como asesoría tributaria, asesoría gerencial, asesoría en aspectos contables, etc.

Acorde a este panorama, y según el CTCP, es claro que toda persona obligada a llevar contabilidad está también en la obligación de contratar los servicios de un profesional de la ciencia contable, pues en Colombia el único profesional que tiene facultad para dar fe pública sobre la información financiera y contable es el contador público titulado y con la respectiva tarjeta profesional.

Para efectos fiscales, una persona natural o jurídica podrá ser requerida por la Dian por diferentes motivos que obliguen la entrega de la contabilidad como medio de prueba válido para la verificación de la información; por otro lado, refiriéndose a aspectos formales, también podría ser solicitada la firma de contador en ciertas declaraciones.

Por su parte, las respectivas superintendencias podrán requerir y sancionar a los obligados a llevar contabilidad para efectos comerciales que no dieron cumplimiento a este requisito o que lo han hecho sin el cumplimiento de todas las obligaciones formales, una de las cuales es la asesoría de un contador público titulado y con tarjeta profesional vigente.

En este panorama, recordamos que desde el 2016 la Junta Central de Contadores cuenta en su página de internet con un servicio que permite verificar –tan solo con el número de cédula– si un profesional contable se encuentra activo o inactivo, para de tal forma confirmar que está cumpliendo adecuadamente, no solo con la obligación de llevar contabilidad, sino con la de contar con la asesoría de un profesional idóneo.