Si en la empresa donde usted trabaja se realizan actividades de alto riesgo, el empleador deberá tener en cuenta que, según lo establecido por el Sistema General de Seguridad en Pensiones, deberá realizar una cotización especial del 10 % adicional a la ordinaria, por cada empleado que desempeñe este tipo de actividades.

De igual forma, la edad para reconocer este tipo de pensión disminuirá en un año por cada 60 semanas de cotización especial, adicionales a las requeridas en el sistema general de pensiones y, en todo caso, la edad para el reconocimiento no podrá ser inferior a 50 años.

El Decreto 2090 del 26 de julio de 2003, en su artículo 2 enumera las actividades de alto riesgo que pueden afectar la salud de un trabajador:

  1. Trabajos en minería que impliquen prestar el servicio en socavones o en subterráneos.
  2. Trabajos que impliquen la exposición a altas temperaturas, por encima de los valores límites permisibles, determinados así por las normas técnicas de salud ocupacional.
  3. Trabajos con exposición a radiaciones ionizantes.
  4. Trabajos con exposición a sustancias comprobadamente cancerígenas.
  5. En la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil o la entidad que haga sus veces, la actividad de los técnicos aeronáuticos con funciones de controladores de tránsito aéreo, con licencia expedida o reconocida por la oficina de registro de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, de conformidad con las normas vigentes.
  6. En los cuerpos de bomberos, la actividad relacionada con la función específica de actuar en operaciones de extinción de incendios.
  7. En el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario –INPEC–, la actividad del personal dedicado a la custodia y vigilancia de los internos en los centros de reclusión carcelaria, durante el tiempo en el que ejecuten dicha labor. De igual forma, el personal que labore en las actividades antes señaladas en otros establecimientos carcelarios, con excepción de aquellos administrados por la fuerza pública.

Cabe decir que se entiende por actividades de alto riesgo: aquellas en las que la labor desempeñada implica la disminución de la expectativa de vida saludable, o la necesidad del retiro de las funciones laborales que ejecuta, con ocasión de su trabajo.

Requisitos para ser beneficiario de la pensión de vejez de alto riesgo

  • Estar afiliado al régimen de prima media con prestación definida.
  • Dedicación permanente al ejercicio de las actividades anteriormente descritas.
  • Efectuar cotización especial adicional al menos por 700 semanas continuas o discontinuas.
  • Cumplir con la edad requerida, que en este caso es de 55 años para hombres y mujeres.

Documentos que se deben presentar para reclamarla

Cuando un empleado verifica que cumple con los requisitos y puede solicitar la pensión especial de vejez, podrá acercarse a una oficina de Colpensiones y entregar la certificación laboral de todos los empleadores con los cuáles se hayan desempeñado actividades de alto riesgo.

Este documento debe detallar:

  • La actividad de alto riesgo desempeñada.
  • Funciones desarrolladas durante el tiempo laborado.
  • El tiempo durante el cual se desempeñó la actividad de alto riesgo.
  • Detalle de los períodos durante los cuales se efectuaron las cotizaciones especiales adicionales.
  • Tenga en cuenta que se debe presentar la certificación expedida por la ARL, donde se señala la categorización de las actividades desempeñadas y empresas de alto riesgo.