Como lo establece el artículo 4 de la Ley 1527 de 2012, “en cualquier caso el beneficiario tiene derecho de escoger libre y gratuitamente cualquier entidad operadora para efectuar operaciones de libranza, así como aquella a través de la cual se realiza el pago de su nómina, honorarios o pensión”. De igual manera, el artículo 12 de la misma ley establece que el beneficiario tiene derecho de escoger libre y gratuitamente cualquier entidad para el pago de su nómina.

Con lo anterior queda claro que no es el empleador quien puede imponer al trabajador una entidad financiera determinada para el giro mensual de su salario, sino que será el empleado quien escogerá dónde la empresa deberá consignar su dinero.

Dicho esto, queda abierta una “guerra” en cuanto a los beneficios que las cuentas de nómina, por parte de las entidades bancarias, ofrecen tanto a empresas como empleados. Elsa Patricia Manrique, vicepresidenta de estrategia y desarrollo del Banco Caja Social, afirma que en Colombia las entidades financieras vienen desarrollando interesantes ofertas para la cuenta de nómina, que incluyen la eliminación de los cobros, la promoción del ahorro y la oferta de crédito en condiciones preferenciales. “Por ello, es importante que los trabajadores se informen ampliamente sobre las condiciones existentes y tomen una decisión consciente sobre el particular”, dice.

Manrique afirma que hoy existe un alto desconocimiento respecto al hecho de que las empresas no pueden obligar a los trabajadores a abrir cuentas en una entidad financiera determinada. “Se entiende que prefieran pagar la nómina en una única entidad por facilidades operativas y beneficios que, de ordinario, obtienen en los convenios de nómina. Sin embargo, se está observando que las empresas de mayor tamaño comienzan a dejar en absoluta libertad a sus empleados, mientras que otras con menores capacidades administrativas y operativas dan un abanico de opciones a sus trabajadores”, afirma.

Esto es lo que ofrecen algunos bancos a sus clientes de nómina

  • Banco Caja Social: transacciones gratuitas en cajeros electrónicos, transacciones gratuitas en audio e internet (no aplica hacia otras entidades), inexistencia de cuotas de manejo de su tarjeta de débito, y acceso al portafolio de productos y servicios establecidos con condiciones preferenciales.
  • Bancolombia: transacciones sin costo a través de la sucursal virtual personas (no aplica hacia otros bancos), transacciones gratuitas a través de banca móvil, exención del 4×1.000 hasta el tope permitido, y descuentos en establecimientos afiliados por pagar con la tarjeta débito.
  • Colpatria: acceso a productos complementarios como seguros, créditos, tarjetas de crédito, tasas y cuotas preferenciales en tarjeta débito y préstamos, y adelanto de salario (el cual, teniendo en cuenta los ingresos, puede brindar un alto cupo al trabajador).
  • Banco de Bogotá: exoneración del 4×1.000, liquidación mensual de intereses sobre saldo mínimo y descuentos por pagar con la tarjeta débito en establecimientos que tengan convenio con el banco.
  • BBVA: cero costos en las cuotas de manejo, retiros ilimitados en cajeros propios, cuatro consultas de saldo gratis, y acceso al Club Nómina Preferente, el cual ofrece descuentos en diferentes establecimientos comerciales.