DIAN CAMBIA DE OPINIÓN RESPECTO A LA VALIDEZ FISCAL DE TIQUETES POS
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El pasado 9 de febrero la Dian dio a conocer un documento compilador de preguntas y respuestas frecuentes sobre el proceso de facturación electrónica –con ocasión de las novedades introducidas por la Ley de financiamiento 1943 de 2018–, en el cual indicó que para efectos de soportar la validez de impuestos descontables en el impuesto sobre las ventas, o de costos y deducciones en el impuesto sobre la renta y complementarios, los tiquetes de máquina registradora realizados mediante el sistema POS no tendrían ninguna validez fiscal desde el 1 de enero de 2019. Este anuncio generó muchos dolores de cabeza entre los contribuyentes.
Ahora bien, la Dian expidió el Concepto 4834 de febrero 27 de 2019, en el cual aduce que la indicación del parágrafo transitorio del nuevo artículo 616-1 del ET prevé un régimen de transición como antesala a un panorama de implementación plena de la factura electrónica que solo podría ponerse en marcha una vez expedido el decreto reglamentario que regule la materia, situación que a la fecha no se ha dado.
Con lo dicho, concluye la Dian, actualmente –y hasta que no se produzca la reglamentación– el documento equivalente POS tiene plena validez para solicitar costos y deducciones en el impuesto sobre la renta y complementarios, al igual que impuestos descontables en la declaración de IVA. El escenario descrito, según la Dian, se mantendrá así hasta que se expida la respectiva reglamentación, sin que ello anule la posibilidad que tiene la entidad de ejecutar su facultad fiscalizadora sobre dichos documentos de soporte, de modo que, en caso de probarse que las transacciones, costos e impuestos descontables no existen, pueda rechazarlos.