La información exógena por el año gravable 2019 fue solicitada mediante la Resolución 011004 de octubre de 2018, con la cual se definió quiénes serían los obligados a cumplir con este requerimiento por el año 2.020.

Obligados a reportar por el año gravable 2019

De acuerdo con lo establecido en el artículo 1 de la Resolución 011104 de 2018, se señalan como obligados a presentar el reporte de información exógena por el año gravable 2019 los siguientes:

  1. Entidades públicas o privadas que celebren convenios de cooperación y asistencia técnica para el apoyo y ejecución de sus programas o proyectos con organismos internacionales.
  2. Entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia, las cooperativas de ahorro y crédito, los organismos cooperativos de grado superior, las instituciones auxiliares del cooperativismo, las cooperativas multiactivas e integrales y los fondos de empleados que realicen actividades financieras.
  3. Bolsas de valores y los comisionistas de estas.
  4. Personas naturales y sus asimiladas que en el año gravable 2017 hayan obtenido ingresos brutos superiores a $500.000.000 y que la suma de sus ingresos por rentas de capital y/o rentas no laborales para el año gravable 2019 superen los $100.000.000.
  5. Personas jurídicas y sus asimiladas, y demás entidades públicas y privadas obligadas a presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementario, o de ingresos y patrimonio, que en el año gravable 2017 hayan obtenido ingresos brutos superiores a $100.000.000.
  6. Personas naturales y sus asimiladas que perciban rentas de capital y rentas no laborales; las personas jurídicas y sus asimiladas, entidades públicas y privadas, y demás obligados a practicar retenciones y autorretenciones en la fuente a título del impuesto sobre la renta, IVA y timbre durante el año gravable 2019.
  7. Personas o entidades que celebren contratos de colaboración tales como consorcios, uniones temporales, contratos de mandato, administración delegada, contratos de exploración y explotación de hidrocarburos, gases y minerales, joint venture, cuentas en participación y convenios de cooperación con entidades públicas.
  8. Entes públicos del ámbito nacional y territorial, del orden central y descentralizado, contemplados en el artículo 22 del Estatuto Tributario, no obligados a presentar declaración de ingresos y patrimonio.
  9. Secretarios generales o quienes actúen como órganos que financien gastos con recursos del tesoro nacional.
  10. Grupos económicos y/o empresariales.
  11. Cámaras de comercio.
  12. Registraduría Nacional del Estado Civil.
  13. Notarios con relación a las operaciones realizadas en el desarrollo de sus funciones.
  14. Las personas o entidades que elaboren facturas de venta o documentos equivalentes.
  15. Alcaldías, distritos y gobernaciones.
  16. Autoridades catastrales.
  17. Responsables del impuesto nacional al carbono.

Vencimientos

De acuerdo con el artículo 45 de la Resolución 011004 de 2018, los plazos para suministrar información anual y anual con corte mensual son:

Grandes contribuyentes

Último dígito

Hasta el día (año 2020)

Último dígito

Hasta el día (año 2020)

 
 

0

28 de abril

5

6 de mayo

 

9

29 de abril

4

7 de mayo

 

8

30 de abril

3

8 de mayo

 

7

4 de mayo

2

11 de mayo

 

6

5 de mayo

1

12 de mayo

 

 

Personas jurídicas y personas naturales

Últimos dígitos

Hasta el día (año 2020)

Últimos dígitos

Hasta el día (año 2020)

 
 

96 a 00

13 de mayo

46 a 50

28 de mayo

 

91 a 95

14 de mayo

41 a 45

29 de mayo

 

86 a 90

15 de mayo

36 a 40

1 de junio

 

81 a 85

18 de mayo

31 a 35

2 de junio

 

76 a 80

19 de mayo

26 a 30

3 de junio

 

71 a 75

20 de mayo

21 a 25

4 de junio

 

66 a 70

21 de mayo

16 a 20

5 de junio

 

61 a 65

22 de mayo

11 a 15

8 de junio

 

56 a 60

26 de mayo

06 a 10

9 de junio

 

51 a 55

27 de mayo

01 a 05

10 de junio