El trabajo en casa es una modalidad de trabajo en la que los trabajadores prestan sus servicios al empleador en un lugar distinto a las instalaciones de la empresa de manera ocasional, temporal o excepcional, cuyo desarrollo puede utilizarse mediante el uso de cualquier medio o herramienta siempre que su naturaleza lo permita.
Lo anterior supone que esta modalidad de trabajo no se limita al uso de tecnologías de la información y telecomunicaciones –TIC– sino que se extiende a cualquier tipo de trabajo que no requiera la presencia física del trabajador en las instalaciones de la empresa y pueda realizarse desde otro sitio que puede ser el domicilio del trabajador.
Herramientas para el desarrollo del trabajo en casa
Los empleadores deben suministrar y garantizar el mantenimiento de los medios y herramientas utilizados por el trabajador para el desempeño de sus labores, las cuales deberán ser restituidas al empleador en buen estado, salvo el deterioro natural. También podrá acordarse entre empleador y trabajador, que este último disponga de sus herramientas personales para realizar la labor.
Auxilio de conectividad por trabajo en casa
El empleador deberá reconocer a los trabajadores que realicen trabajo en casa, el valor del auxilio de transporte ($106.454 para 2021) como auxilio de conectividad digital a aquellos trabajadores que devenguen hasta dos (2) salarios mínimos mensuales legales vigentes –smmlv– ($1.817.052 para 2021).
Riesgos laborales y el SG-SST en el trabajo en casa
El empleador deberá incluir la modalidad de trabajo en casa dentro de la metodología para la identificación, evaluación y control de los riesgos de la empresa, y deberá adoptar las acciones que sean necesarias dentro de su plan de trabajo anual del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo –SG-SST–.
Atendiendo a esto, el empleador tendrá la obligación de notificar a la administradora de riesgos laborales –ARL– que el trabajador ejecutará temporalmente sus laborales bajo la modalidad de trabajo en casa e indicar las condiciones de modo, tiempo y lugar. Una vez realizada la notificación, la ARL deberá visitar a los trabajadores y brindarles información y recomendaciones referentes a salud ocupacional, conectividad, riesgos laborales, ergonomía y demás medidas, condiciones y recomendaciones de seguridad y salud en el trabajo.
Jornada laboral en trabajo en casa
La jornada laboral ordinaria bajo la modalidad de trabajo en casa no puede exceder ocho (8) horas diarias ni 48 a la semana. Las horas extra no podrán exceder de dos (2) horas diarias y doce (12) semanales. Esto supone que para la fijación de la jornada laboral deben mantenerse las disposiciones previstas en el Código Sustantivo del Trabajo –CST–.
Desconexión laboral
Los trabajadores tendrán derecho a la desconexión laboral, esto supone que los empleadores deberán evitar enviar solicitudes o requerimientos a los trabajadores fuera del horario laboral convenido, a excepción de cuando se presenten situaciones imprevistas que requieran la atención prioritaria del trabajador con el fin de evitar un perjuicio a la empresa.
Condiciones laborales
A los trabajadores que realicen sus labores mediante esta modalidad laboral deben serle reconocidas las mismas condiciones y derechos laborales que a los trabajadores que se encuentran en modalidad presencial. Se conservarán los derechos y pagos laborales de horas extra, trabajo nocturno, dominical o festivo y los descansos que deban realizarse durante la jornada laboral.
El pago de aportes a seguridad social debe realizarse conforme a las normas previstas para el efecto y los trabajadores tendrán derecho al reconocimiento de licencias laborales, incapacidades, etc. También deberán garantizarse las condiciones sindicales a los trabajadores.