RENDIMIENTOS PRESUNTIVOS EN 2023
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La figura de intereses presuntivos se encuentra regulada por el artículo 35 del Estatuto Tributario –ET–, y aplica cuando las sociedades otorgan préstamos a sus socios o accionistas, o cuando estos le hacen préstamos a la empresa o sociedad en la cual poseen acciones.
Al respecto, es preciso tener en cuenta que, para efectos del impuesto sobre la renta, se presume que todo préstamo en dinero (cualquiera que sea su naturaleza o denominación) otorgado por las sociedades a sus socios o accionistas, y viceversa, genera un rendimiento mínimo anual y proporcional al tiempo de posesión.
La norma tributaria establece que, cuando no se pacte una tasa real para la estimación de los intereses, estos deben calcularse de acuerdo con la tasa de interés del depósito a término fijo –DTF– vigente al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior al gravable.
En consecuencia, para 2023 los intereses presuntivos deberán calcularse a una tasa del 13,70 % efectivo anual, correspondiente a la tasa de interés del DTF vigente al 31 de diciembre de 2022.
Finalmente, cabe resaltar que para la vigencia 2022 los intereses presuntivos se calcularon de acuerdo con una tasa del 3,21 % en atención a las indicaciones del artículo 1.2.1.7.5 del Decreto 1625 de 2016, modificado por el artículo 1 del Decreto 728 de mayo de 2022 expedido por el Ministerio de Hacienda.