ENTREGA A SUPERSOCIEDADES DE ESTADOS FINANCIEROS AÑO 2022: SE FIJAN PLAZOS Y CONDICIONES

ENTREGA A SUPERSOCIEDADES DE ESTADOS FINANCIEROS AÑO 2022: SE FIJAN PLAZOS Y CONDICIONES

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Contenido desarrollado por Maria Fernanda Arcos Vidal
Jefe Area de Impuestos

El pasado 22 de noviembre de 2022 la Superintendencia de Sociedades expidió la  Circular 100-000012, a través de la cual se fijaron las condiciones y plazos en que las sociedades vigiladas, controladas e inspeccionadas de los grupos 1, 2 y 3 de aplicación de Estándares Internacionales (sin importar si se encuentran en condiciones normales de operación o en procesos de liquidación voluntaria) tendrán que remitir a dicho órgano de control tanto la información sobre sus estados financieros básicos del año 2022 como su informe de prácticas empresariales.

Además, si alguna sociedad que actualmente está en la condición de simplemente inspeccionada (sin importar si pertenece al grupo 1, o 2 o 3) recibe por correo urbano o electrónico la solicitud expresa de entregar su información financiera, en ese caso también deberá entregar sus reportes de forma virtual usando la misma opción del software XBRL Express antes mencionada.

En el caso de las sociedades vigiladas y/o controladas que pertenezcan los grupos 1, o 2, o 3 de la convergencia a normas internacionales: siguiendo las mismas instrucciones de lo que fue la exigencia de reportes del año 2021, estas sociedades deberán utilizar el software XBRL Express y verificar en que punto a continuación relacionado pertenece:.

  • 01-10-Estados financieros-NIIF Plenas-Individual.
  • 01-20-Estados Financieros-NIIF Plenas-Separado.
  • 01-40-Estados financieros-NIIF Pymes-Individual.
  • 01-50-Estados Financieros-NIIF Pymes-Separado.
  • Informe 01A – Estados Financieros – 70 – NIF Contabilidad simplificada grupo 3.

Con esas opciones terminarán entregando archivos de extensión .xblr con la información (en miles de pesos y en forma comparativa por los años 2022 y 2021) de lo que serían su “estado de situación financiera”, su “estado de resultados” y su “estado de resultado integral”.

Este reporte deberá entregarse entre el 11 abril y el 09 de mayo de 2023 (dependiendo de los dos últimos dígitos del NIT), acompañados de nuevo de 4 documentos adicionales en PDF (que pueden estar o no escaneados del original), los cuales deben quedar nombrados sin usar espacios, ni caracteres especiales ni mayúsculas sostenidas. Tales documentos, que deben entregarse a más tardar dentro de los dos días hábiles siguientes después de haber entregado el archivo .xbrl, son:

  • Certificación de estados financieros firmada por representante legal, contador y revisor fiscal.
  • Notas a los estados financieros.
  • Informe de gestión de los administradores.
  • Dictamen del revisor fiscal.

Tanto los archivos de extensión .xbrl como los archivos de formato PDF se deben entregar a través de la plataforma Sirfin. Adicionalmente, con plazo máximo hasta el 30 de mayo de 2023, se deberá entregar una copia del extracto del acta relacionada con la reunión en la cual se aprobaron los estados financieros de propósito general y el informe de gestión (algo que no aplica a las sucursales de sociedades extranjeras).

Descarga este informe especial para escalar tu conocimiento sobre este importante tema (se adjunta la circular).