IMPUESTO AL PATRIMONIO, PLAZOS PARA SU PRESENTACIÓN

IMPUESTO AL PATRIMONIO, PLAZOS PARA SU PRESENTACIÓN

Categoría: Uncategorized

La Ley 2277 de 2022, a través de sus artículos 35 al 41, reincorporó al ordenamiento tributario un nuevo impuesto al patrimonio generado por la posesión del mismo al 1 de enero de cada año, cuyo valor sea igual o superior a 72.000 UVT ($3.053.664.000 por 2023).

Dicho impuesto estará a cargo de las personas naturales y sucesiones ilíquidas, residentes fiscales contribuyentes del impuesto de renta o de regímenes sustitutivos del impuesto sobre la renta. También serán responsables de este impuesto las personas naturales, nacionales o extranjeras, que no tengan residencia en Colombia, respecto de su patrimonio poseído directamente en el país o si este está poseído indirectamente a través de establecimiento permanente en el mismo.

Asimismo, serán responsables las sociedades o entidades extranjeras que no sean declarantes del impuesto sobre la renta en el país y que posean bienes ubicados en Colombia diferentes a acciones, cuentas por cobrar y/o inversiones de portafolio, como inmuebles, yates, botes, lanchas, obras de arte, aeronaves o derechos mineros o petroleros.

Plazos para declarar y pagar el impuesto al patrimonio en 2023

De acuerdo con el artículo 1.6.1.13.2.53 del Decreto 1625 de 2016, sustituido por el Decreto 0219 del 15 de febrero de 2023, los contribuyentes sujetos al impuesto al patrimonio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 292-3 y 298-8 del ET, adicionados por la Ley 2277 de 2022, deberán presentar la declaración del impuesto al patrimonio del año 2023 a más tardar entre el 9 y el 23 de mayo de 2023, atendiendo el último dígito del NIT del declarante que conste en el RUT, sin tener en cuenta el dígito de verificación.

Estos contribuyentes deberán cancelar el valor total del impuesto a pagar en 2 cuotas, a más tardar en las siguientes fechas:

Declaración y pago de la primera cuota del impuesto al patrimonio

Último dígito del NIT

Hasta el día

1

9 de mayo de 2023

2

10 de mayo de 2023

3

11 de mayo de 2023

4

12 de mayo de 2023

5

15 de mayo de 2023

6

16 de mayo de 2023

7

17 de mayo de 2023

8

18 de mayo de 2023

9

19 de mayo de 2023

0

23 de mayo de 2023

Es importante tener en cuenta que el valor de la primera cuota será del 50 % del impuesto al patrimonio calculada sobre el patrimonio líquido poseído al 1 de enero de 2023 (ver nuestro liquidador Modelo básico en Excel para proyectar el impuesto al patrimonio 2023 y años siguientes).

Al patrimonio líquido determinado conforme con lo señalado en el inciso anterior se le aplicarán las reglas establecidas en el artículo 295-3 del ET, adicionado por el artículo 37 de la Ley 2277 de 2022.

Pago de la segunda cuota del impuesto al patrimonio

Último dígito del NIT

Hasta el día

1

7 de septiembre de 2023

2

8 de septiembre de 2023

3

11 de septiembre de 2023

4

12 de septiembre de 2023

5

13 de septiembre de 2023

6

14 de septiembre de 2023

7

15 de septiembre de 2023

8

18 de septiembre de 2023

9

19 de septiembre de 2023

0

20 de septiembre de 2023