CARACTERÍSTICAS DE LA SUBORDINACIÓN LABORAL
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El artículo 22 del Código Sustantivo del Trabajo –CST– establece que el contrato de trabajo es un acuerdo de voluntades por medio del cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a favor de otra que puede ser natural o jurídica, bajo su subordinación y a cambio de una remuneración salarial.
La subordinación supone la ejecución de labores bajo el mando de un superior en el sitio de trabajo o fuera de este. Se caracteriza, entre otras cuestiones, por el cumplimiento de las órdenes recibidas y de un horario, y por el suministro de materiales de trabajo por parte del empleador para que el trabajador pueda ejecutar la actividad.
Definición de subordinación laboral
La subordinación es la facultad o el poder jurídico que tiene el empleador sobre el trabajador para señalarle o darle ordenes, instrucciones, imponerle un reglamento y, en general, señalarle las condiciones de tiempo, modo y lugar bajo las cuales debe realizar su prestación laboral. Cabe aclarar que la subordinación tiene que ser continuada, es decir, la prestación laboral tiene que ser permanente, pues la naturaleza del contrato de trabajo es tener una vocación de duración.
Tipos de subordinación laboral
Para explicar en qué consiste la subordinación laboral, la doctrina distingue tres tipos de esta, que abordan cada uno de los elementos que conforman la relación de trabajo y han tratado de desarrollar una explicación completa sobre la definición de subordinación.
Subordinación técnica
Debido a que el empleador es quien tiene el conocimiento del trabajo, en consecuencia, le imparte órdenes al trabajador sobre las labores que debe realizar y le indica qué debe hacer.
Subordinación económica
El trabajador está subordinado por razones económicas. Este concepto tiene cierta validez para explicar la subordinación, pero no es absoluta porque no es la regla general y no responde en concreto a la pregunta de qué es la subordinación.
Además, tampoco explica el poder del empleador; sin embargo, este criterio sigue siendo relevante, e incluso se habla hoy de trabajadores autónomos económicamente dependientes.
Subordinación jurídico-laboral
Es la facultad o poder que tiene el empleador sobre el trabajador de:
- Dar órdenes o instrucciones.
- Imponer reglamentos.
- Señalar las condiciones de tiempo, modo y lugar en las que se lleva a cabo la prestación laboral.
Poder disciplinario y subordinación laboral
El empleador en el desarrollo del ejercicio de la subordinación laboral, de su poder de subordinación, puede adelantar procesos disciplinarios ante los trabajadores. Las sanciones pueden ser multas o suspensiones, pero esto debe estar consagrado en el reglamento interno del trabajo según la ley.
Al respecto, hay que hacer las siguientes precisiones:
- La multa no puede superar la quinta parte de un día de salario.
- La suspensión, por primera vez, se sanciona por máximo hasta una semana.
- Las posteriores suspensiones se sancionan máximo hasta por dos meses.
Contrato realidad y subordinación laboral
En relación con el principio de primacía de la realidad sobre las formas y la existencia de un contrato de trabajo, el elemento de la subordinación es decisivo para configurar el contrato realidad.
Cuando el trabajador alega que lo firmado en el contrato no corresponde a la realidad y prueba que está prestando un servicio, opera de manera automática la presunción de la existencia de un contrato de trabajo en toda relación subordinada, establecida en el artículo 24 del CST.
Así las cosas, la ley presume que el servicio que presta está regido por un contrato de trabajo; por lo tanto, el empleador tiene que desvirtuar la presunción probando que no hay subordinación.
Territorialidad de la subordinación laboral
El lugar de ejercicio de la subordinación es un tema refutado en el derecho laboral; sin embargo, basándose en el principio de territorialidad de la ley laboral, podría decirse que la subordinación se ata a las normas laborales del lugar donde se preste el servicio.
En ese sentido, si la subordinación se ejerce desde Colombia, se aplica la ley laboral
colombiana; de otra parte, si la subordinación se ejerce desde un país extranjero, se aplica la ley de ese país.
Obligaciones generales del trabajador y subordinación laboral
De las obligaciones generales de las partes se desprende una relación estrecha en el marco de la subordinación laboral.
Respecto a la obligación de la lealtad, se desprenden otras obligaciones como la de no revelar conocimientos técnicos, no hacer competencia desleal dentro de la empresa, evitar perjuicios o riesgos e informarlos en caso de que se conozcan. Por otro lado, la obligación de obediencia se relaciona directamente con la subordinación, pero tiene ciertos límites; es decir, no es una obediencia absoluta, sino que está enmarcada dentro de los derechos del trabajador y el respeto de estos cuando se hagan modificaciones al contrato de trabajo.